Profundicemos sobre el IVA

El IVA, o Impuesto sobre el Valor Añadido, es un impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios. Se trata de un impuesto indirecto porque el responsable de ingresar este impuesto no es el propio contribuyente, sino que un sujeto pasivo (el empresario) es el encargado de recaudar con cada venta de bienes o servicios el IVA y luego de manera periodica (mensual o trimestral), ingresarlo en la Hacienda correspondiente.

El IVA me supone un gasto

Como empresario, es fundamental tener muy claro que el pago o el cobro del IVA no supone para nuestro negocio ni un ingreso, ni un gasto tampoco. Al total del IVA recaudado por todas nuestras ventas, tendremos que restarle el IVA soportado en nuestras compras y esa diferencia es la que tendremos que ingresar a hacienda.

¿Me puedo deducir cualquier gasto?

¡OJO! Es importante tener siempre presente que no podemos deducirnos el IVA de cualquier compra que hagamos, según la ley, solo son deducibles aquellos gastos que están relacionados con la actividad económica de la empresa o negocio. Esto significa que, si realizas una compra que no está directamente relacionada con tu actividad comercial o profesional, no puedes deducir el IVA que hayas pagado.

Una buena planificación es esencial

Una buena planificación de tesoreria es fundamental para no llevarnos sorpresas desagradables al término de cada trimestre; no es imprescindible tener apartado en una caja fuerte cada importe de IVA registrado en cada venta, pero no podemos perder nunca de vista el calendario fiscal para estar preparados siempre de la mejor manera y poder valorar de la mejor manera si es necesaria financiación externa en la sociedad o si nos podría bastar con solicitar un aplazamiento del impuesto correspondiente.

En Hevia Chavarri llevamos mas de 10 años asesorando a nuestros clientes en este sentido y estaremos encantados de poder ayudarte a lidiar con los «temidos trimestres».

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